Doble tramo · 45 y 33 días · Con los topes bien aplicados

Contrato anterior a 2012: te corresponden 45 días por año

La reforma laboral de 2012 bajó la indemnización, pero no borró lo anterior. Si entraste antes del 12 de febrero de 2012, una parte de tu indemnización se sigue calculando al tipo antiguo.

  • 45 días por año por el tiempo trabajado hasta 2012
  • 33 días por año a partir de esa fecha
  • Los topes de 720 y 1.260 días, bien aplicados

Tus datos

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33 días por año trabajado. Si la empresa no ha justificado bien el despido, suele ser improcedente. Ante la duda, calcula ambos.

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Aquí verás

Tu desglose completo, concepto a concepto.

  • Salario de los días trabajados
  • Vacaciones no disfrutadas
  • Parte de las pagas extra
  • Indemnización que te corresponde
  • Cuánto queda exento de IRPF

Y si pones lo que te ofrece la empresa, te decimos cuánto falta.

Qué cambió el 12 de febrero de 2012

Hasta esa fecha, un despido improcedente se indemnizaba con 45 días de salario por año trabajado. La reforma laboral lo bajó a 33 días.

La clave es que el cambio no se aplicó hacia atrás. El tiempo que ya habías trabajado conservó su tipo antiguo. Por eso, en un contrato anterior, la indemnización sale de sumar dos tramos:

  • Tramo 1: desde que entraste hasta el 11 de febrero de 2012, a 45 días por año.
  • Tramo 2: desde el 12 de febrero de 2012 hasta tu último día, a 33 días por año.

Esto es lo que muchas calculadoras se saltan. Aplican 33 días a toda tu antigüedad y el resultado sale corto — precisamente en los casos donde más dinero hay en juego.

Los topes: donde está la letra pequeña

La suma de los dos tramos no es infinita. Hay un tope general de 720 días de salario, que equivale a 24 mensualidades.

Pero existe una excepción que casi nadie aplica bien: si solo el tramo anterior a 2012 ya supera esos 720 días, entonces manda esa cifra mayor, con un máximo absoluto de 42 mensualidades (1.260 días).

En la práctica esto afecta a quien llevaba ya unos 16 años o más en la empresa en febrero de 2012. Si es tu caso, la diferencia entre calcularlo bien o mal puede ser de decenas de miles de euros.

Un ejemplo con números

Alguien que entró en septiembre de 2005, con 30.000 € brutos anuales, despedido de forma improcedente en mayo de 2026:

  • Salario diario: 30.000 ÷ 365 = 82,19 €
  • Tramo hasta feb. 2012 (6,4 años × 45 días) ≈ 287 días
  • Tramo desde feb. 2012 (14,3 años × 33 días) ≈ 471 días
  • Suma: 758 días → se aplica el tope de 720 días
  • Indemnización: 720 × 82,19 = 59.178 €

Si esa misma antigüedad se calculara solo a 33 días por año, saldrían unos 47.000 €. Doce mil euros de diferencia por aplicar mal una norma.

Cómo saber si te afecta

Solo necesitas una fecha: la de tu alta en la empresa. Si es anterior al 12 de febrero de 2012 y tu despido es improcedente, te afecta. Búscala en tu contrato o pide tu informe de vida laboral a la Seguridad Social, que es gratis y se descarga al momento.

Mete esa fecha arriba y la calculadora aplica los dos tramos sola, con sus topes. En «Cómo hemos calculado esto» verás el desglose de cada tramo por separado.

Preguntas frecuentes

¿Los 45 días se aplican a toda mi antigüedad?

No. Solo al tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012. A partir del 12 de febrero de 2012 se aplican 33 días por año. La indemnización final es la suma de los dos tramos.

¿Y si mi despido es objetivo en vez de improcedente?

El doble tramo solo se aplica al despido improcedente. En un despido objetivo son 20 días por año para toda la antigüedad, con tope de 12 mensualidades, sin distinguir periodos.

¿Qué pasa si la empresa me ofrece menos de lo que sale aquí?

Con contratos antiguos es frecuente, porque el cálculo del doble tramo se hace mal a menudo. Guarda el desglose, no firmes conforme y contrasta la diferencia con un abogado laboralista o con tu sindicato: tienes 20 días hábiles para reclamar.

¿Estoy obligado a firmar el finiquito el mismo día?

No. Puedes pedir una copia, llevártela y consultarla. Si decides firmar pero no estás conforme, añade a mano «no conforme» junto a tu firma antes de estampar tu nombre: firmar sin esa coletilla puede interpretarse como que aceptas y saldas cualquier reclamación.

¿Guardáis mis datos?

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